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ITAIGro aprueba lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público, dirigidos a todos los sujetos obligados

Recomienda el órgano garante, a los titulares de los sujetos obligados, para que tomen cursos alojados en la CEVINAI.

Chilpancingo, 23 de agosto del 2018.- El pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), en sesión extraordinaria número 19, aprobaron Lineamientos para Determinar los Catálogos y Publicación Información de Interés Público y para Emisión y Evaluación de Políticas de Transparencia Proactiva del Estado de Guerrero.

A propuesta de la comisionada Mariana Contreras Soto, los comisionados Pedro Delfino Arzeta García y Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez, respaldaron los lineamientos que van dirigidos a todos los sujetos obligados de la entidad, y que contempla el procedimiento y los plazos para presentar al órgano garante en materia de transparencia, información de interés público, para ser considerada una obligación de transparencia.

“En la propuesta se contemplan directrices para este órgano garante para la elaboración de políticas de transparencia proactiva así como el procedimiento y los plazos que tiene el instituto para emitir las políticas en dicha materia”, explico. En otro de los puntos de la orden del día, los comisionados avalaron la recomendación propuesta por el comisionado Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez, al titular de todos los sujetos obligados para que instruyan a los titulares de las unidades de transparencia, así como a todos los servidores públicos que tengan que obligación de transparencia a tomar los cursos alojados en el Centro Virtual de Capacitación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (CEVINAI).

“Ello con fundamento en el propio artículo 53 referido que establece en su último párrafo que los sujetos obligados deberán capacitar al personal que integran al personal que integra las unidades de transparencia de conformidad con los lineamientos que para su efecto expide el sistema nacional, de ahí también que esto se convierta en un imperativo para dichos sujetos obligados”, justifico.

Recordó que a partir de la reforma Constitucional en materia de transparencia de febrero de 2014, todo el personal de los sujetos obligados debe conocer las disposiciones de los ordenamientos jurídicos que redundan en derecho a la información pública y la protección de datos personales. De igual forma, el pleno del ITAIGro, exhorto al ayuntamiento de Cochoapa el Grande ubicado en la zona de la Montaña, a cumplir con sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información con los cuales no ha cumplido.

Esto, derivado de un juicio de revisión Constitucional Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, notifico al ITAIGro, que el ayuntamiento antes mencionado no cuenta en su portal de Internet, información en el rubro de marco normativo aplicable del sujeto obligado. Por su parte el comisionado presidente del ITAIGro, propuso el arranque de una campaña permanente de difusión itinerante del Instituto en las siete regiones del estado, cuyo objetivo es fomentar la cultura de la transparencia entre la sociedad guerrerense.

“Esta campaña tiene como vertientes principales llevar a los municipios del estado de Guerrero un módulo itinerante con trípticos o volantes y que personal de este instituto difunda y explique nuestras tareas en el ámbito de la transparencia, acceso a la información y protección de datos personales”, con la finalidad de contribuir a un México más democrático, señalo el comisionado Pedro Arzeta. Durante esta misma sesión, los comisionados acordaron admitir dos recursos de revisión, contra igual número de sujetos obligados, por no haber entregado información requerida dentro de los plazos que marca la ley en la materia.
Así mismo, se acordó prevenir a dos peticionarios de información para que ajusten su petición y pueda cumplir para con el recurso de revisión solicitado como lo contempla en artículo 163 de la Ley 207 de Transparencia.

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