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Instruye el ITAIGro, al ayuntamiento de Técpan, de Galeana cumplir con sus obligaciones de transparencia

Instruye el órgano garante a 13 ayuntamientos, entregar información solicitada

Chilpancingo, 13 de noviembre del 2018.- El pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), acordó instruir al ayuntamiento de Tecpan de Galeana, a publicar en su portal de internet, sus obligaciones de transparencia comunes como específicas que según la tabla de aplicabilidad le corresponde. 

Durante la sesión número 31 de tipo ordinario, los comisionados, Mariana Contreras Soto y Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez respaldaron la propuesta expuesta por el presidente del órgano garante, Pedro Delfino Arzeta García, quien comentó que derivado de la resolución de una denuncia presentada, el ayuntamiento de Tecpan de Galeana tiene “un plazo de quince días hábiles” para acatar dicha resolución.

En otro de los puntos del orden del día, el órgano garante acordó instruir al ayuntamiento de Cocula, entregar la información solicitada derivado de una resolución a un recurso de revisión por la falta de respuesta a una solicitud de información, propuesto por el comisionado Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez.

Así mismo, a propuesta de la comisionada Mariana Contreras Soto, el pleno del órgano garante acordó instruir a los ayuntamientos, de Igualapa, Tlapa de Comonfort, Xochistlahuaca, San Luis Acatlán, Copanatoyac, Cutzamala de Pinzón, Teloloapan y Copala entregar la información solicitada dentro de los plazos que establece la Ley 207 de Transparencia en un plazo de 10 hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.

Mientras que de acuerdo con el artículo 123, fracción primera de la Constitución Política del Estado de Guerrero se “instruye a los ayuntamientos de Malinaltepec, Huamuxtitlán, Cuautepec, Tecoanapa y Xalpatlahuac entregue la información solicitada”.

En tanto que otros 5 recursos de revisión fueron desechados, al no señalar los recurrentes los actos que recurren y uno más fue sobreseído al haber concluido el plazo que señala la ley de la materia.

Durante esta misma sesión se admitieron a trámite, 11 recursos de revisión dirigidos al mismo número de sujetos obligados, por la falta de respuesta a una solicitud de información, y la entrega de información que no corresponde con lo solicitado, previstos en las fracciones V y VI del artículo 162 de la Ley 207 de Transparencia.

 

 

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