Se aprueban los criterios para la difusión de información pública mediante redes sociales del ITAIGro.
Chilpancingo, 17 de junio de 2019.- Por unanimidad de votos, el pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), aprobó la suscripción de una firma de convenio de colaboración entre el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) y este órgano garante.
Durante el desarrollo de la sesión número 10 de tipo extraordinaria, el pleno del órgano garante, avaló la propuesta de la comisionada Mariana Contreras Soto, por el que se aprueban los criterios para la difusión de información pública mediante las redes sociales del Instituto de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (ITAIGro).
“Los presentes criterios tienen por objeto, fijar premisas que permitan identificar los casos en que se difunda información pública a través de las redes sociales digitales; promover el carácter de información relevante, útil y de interés público a la relacionada con el nombre de las cuentas y la administración en redes sociales digitales por parte de los sujetos obligados; brindar certeza a la sociedad de cuáles son las cuentas de redes sociales administradas por los sujetos obligados y establecer una definición para los tipos de cuenta”, entre otros, expuso la comisionada Contreras Soto.
De igual forma estos criterios establecerán los tipos de cuenta de redes sociales y serán cuenta oficial, y cuenta personal del servidor público desde la que se difunde información derivada de su cargo.
“Los servidores públicos que decidan voluntariamente utilizar su cuenta personal en redes sociales para difundir información y actividades directamente derivadas de su cargo, podrán respaldar dicha información en los archivos físico o digitales del sujeto obligado conforme a la regulación aplicable”, indico.
En esta misma sesión se dio entrada a dos denuncias contra los ayuntamientos de Mochitlan y General Canuto A. Neri por incumplimiento a sus obligaciones comunes de transparencia que establece el artículo 81, de la Ley 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero.