Artículo 13 LTAIPEG
X. La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones ya celebradas, se deberán difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones.
La calendarización de las Sesiones del Pleno del Instituto, se encuentran sujetas en función de los Recursos de Revisión recibidos en Oficialía de Partes, con base en los términos que establece la Ley de la materia, así como, en su caso, de los asuntos extraordinarios por las actividades propias del Órgano Garante.
Content missing